Novedades fiscales para las pymes

La reforma fiscal contempla rebajas del Impuesto de Sociedades para las pymes a través de dos nuevos conceptos: la reserva de nivelación y la reserva de capitalización.

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 La reforma fiscal no rebaja el tipo impositivo de las pymes, sólo el de las grandes empresas que en 2016 terminarán pagando lo mismo que las más pequeñas: un 25%. Pero la nueva normativa incluye dos nuevos instrumentos financieros que pueden aprovechar las más pequeñas para reducir su carga fiscal al 20%. ¿Cómo se aplican estos conceptos?

Reserva de nivelación A partir del próximo año las pymes podrán minorar su base imponible hasta un 10% de su importe y con un límite de un millón de euros utilizando la nueva reserva de nivelación. ¿En qué consiste exactamente? Si una empresa tiene beneficios y prevé que en el futuro puede tener bases imponibles negativas, puede crear una reserva (siempre a cargo de los beneficios) para reducir esa carga fiscal. La reducción de la base imponible se podrá aplicar por el mismo importe dejado en reserva.

Existe también la posibilidad de que si una empresa no dispone de efectivo para dotar esa reserva reduzca su base impositiva con la condición de que utilice los primeros beneficios de los ejercicios siguientes. Utilizando la reserva de nivelación una pyme puede rebajar su tipo impositivo hasta un 22,5%.

Las pequeñas y medianas empresas podrán rebajar el tipo en Sociedades del 25% al 20% con las nuevas bonificaciones

Reserva de capitalización En este caso se trata de una nueva figura que afecta por igual a todas las empresas, sea cual sea su tamaño. Permite, como la anterior, rebajar la base imponible hasta un máximo de un 10% por el mismo importe dejado en reserva. La ley especifica que la empresa está obligada a mantener esa reserva durante los cinco años siguientes, salvo que incurra en pérdidas. Es un instrumento fiscal que sustituye la obligación de reinvertir los beneficios en activos de la empresa para obtener bonificaciones fiscales (estos, de hecho, han desaparecido para reinversiones).

El objetivo es incitar a las empresas con resultados positivos a hacer reservas de fondos propios para evitar su descapitalización y su excesiva dependencia de fuentes de financiación ajena.

Una empresa que pueda sumar la deducción de las dos reservas, tributaría al 20,25% en Sociedades. Eso sí, tendrá que tener capacidad para dotar de dinero las dos reservas, puesto que la reforma estipula que las cantidades aplicadas a una reserva no se pueden aplicar simultáneamente a la otra.

Negocios de nueva creación Aunque la reforma iguala el Impuesto de Sociedades para grandes y pequeñas, mantiene el tipo especial del 15% para las empresas de nueva creación. Se podrán aplicar este tipo hasta los primeros 300.000 euros de base imponible y todo lo que exceda de esa cantidad pasará a tributar al 20%.

Se mantienen también las ventajas fiscales para las empresas de reducida dimensión (las que facturan menos de diez millones de euros anuales), como la libertad de amortización; eso sí, con la condición de que la plantilla media de la empresa se incremente respecto al año anterior y se mantenga ese incremento durante un periodo de dos años. En definitiva, la ley intenta premiar a las empresas que reserven beneficios y proteger el empleo y los proyectos más débiles.

    Fuente: http://www.emprendedores.es/gestion/noticias/novedades-fiscales-para-las-pymes

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